Thursday, April 23, 2026
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Ley 18-24, control social y el liderazgo institucional de Emma Polanco

Por Nelson Vargas

La entrada en vigencia de la Ley No. 18-24 marca un punto de inflexión en el sistema de fiscalización de los recursos públicos en la República Dominicana. Esta normativa, que deroga la Ley No. 10-04, no solo moderniza el marco legal de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, sino que redefine su relación con la ciudadanía, colocando la transparencia y la participación como pilares esenciales del control público.

En este nuevo contexto normativo, el rol de la Dra. Emma Polanco, en su condición de presidenta del órgano, adquiere una relevancia particular. Su reciente participación en la primera mesa de control social celebrada en el país constituye una señal inequívoca de apertura institucional y de voluntad política para dar cumplimiento efectivo al espíritu de la ley. La presencia de organizaciones como Participación Ciudadana, el Centro Juan XXIII, el CODUE y el Foro Ciudadano refuerza la legitimidad de este ejercicio participativo, inédito en la práctica institucional del país.

Desde una perspectiva jurídica, es preciso destacar el alcance del artículo 57 de la Ley 18-24, el cual impone a la Cámara de Cuentas la obligación de dictar un reglamento que establezca los mecanismos de participación de la ciudadanía y de las organizaciones sociales en los procesos de fiscalización. Este mandato no es accesorio: constituye una expresión concreta del principio de control social, reconocido en las democracias contemporáneas como complemento indispensable del control institucional.

La gestión de la Dra. Emma Polanco ha colocado este aspecto en el centro de sus prioridades. La apertura a la ciudadanía no debe interpretarse como un gesto simbólico, sino como una transformación estructural en la forma en que se concibe la fiscalización pública. Una Cámara de Cuentas abierta, transparente y participativa fortalece la confianza ciudadana y eleva los estándares de rendición de cuentas en el Estado dominicano.

Naturalmente, en escenarios de cambio institucional surgirán voces críticas. Estas forman parte del debate democrático y deben ser respetadas. No obstante, resulta evidente que también existen intentos de deslegitimar procesos que buscan precisamente corregir prácticas del pasado caracterizadas por la opacidad y la inacción. Frente a ello, la mejor respuesta no es la confrontación, sino la consistencia en la aplicación de la ley y la producción de resultados verificables.

La correcta implementación de la Ley 18-24 representa una oportunidad histórica para consolidar un modelo de fiscalización más inclusivo, donde la ciudadanía no sea un mero espectador, sino un actor activo en la vigilancia de los recursos públicos. En ese proceso, el liderazgo de Emma Polanco se perfila como un elemento clave para garantizar que la norma no quede en el plano formal, sino que se traduzca en prácticas institucionales efectivas.

En definitiva, la combinación entre un marco jurídico renovado y una gestión comprometida con la transparencia puede sentar las bases de una nueva etapa en la lucha contra la corrupción en la República Dominicana. La participación social, lejos de ser una concesión, es hoy una garantía legal y un imperativo democrático.

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